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Artículo 39 del Decreto Con Fuerza de Ley 263

Refunde y modifica las disposiciones sobre martilleros publicos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1056862 / 9390143.

Texto oficial

Artículo 39. Derógase el decreto ley N.o 769, de 21 de Diciembre de 1925; el Reglamento de Casas de Martillo, de 3 de Septiembre de 1866: el decreto supremo de Hacienda N.o 2,999, de 31 de Diciembre de 1927 y el decreto supremo N.o 444, de 26 de Febrero de 1925. Las disposiciones del Código de Comercio, sobre Martilleros Públicos, serán aplicables en lo que no fueren contrarias al presente decreto con fuerza de ley.