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Artículo DECIMO transitorio de la Ley 20.707

Establece los incentivos remuneracionales que indica, a favor de los profesionales de los servicios de salud que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1057049 / 9391510.

Texto oficial

Artículo décimo.- La asignación establecida en el artículo 10 se reconocerá y pagará, a contar del primer día del mes siguiente a la publicación de esta ley, a todos aquellos profesionales funcionarios que, al 31 de diciembre de 2012, tengan especialidades certificadas e inscritas en el registro que mantiene la Superintendencia de Salud.