Texto oficial
Artículo 17.- Vigencia de la norma: El presente decreto entrará en vigencia desde la fecha de publicación en el Diario Oficial.
Establece norma de emisión para fundiciones de cobre y fuentes emisoras de arsénico
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1057059 / 9391449.