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Artículo 42 de la Ley 20.720

Sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas, y perfecciona el rol de la superintendencia del ramo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1058072 / 9398722.

Texto oficial

Artículo 42.- Regla general. Una misma persona natural podrá estar inscrita en la Nómina de Veedores y en la Nómina de Liquidadores.