Texto oficial
Artículo 92.- Cancelación de anotaciones e
inscripciones. Aprobado el Acuerdo de Reorganización
Judicial, se cancelarán las inscripciones previstas en el
número 7) del artículo 57.
Sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas, y perfecciona el rol de la superintendencia del ramo
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1058072 / 9398784.