Texto oficial
Artículo 307.- Interpretación. En la interpretación
del presente Capítulo habrá de tenerse en cuenta su origen
internacional y la necesidad de promover la uniformidad de
su aplicación y la observancia de la buena fe.
Sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas, y perfecciona el rol de la superintendencia del ramo
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