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Artículo OCTAVO transitorio de la Ley 20.721 · Modifica límite intercomunal entre vicuña y paihuano, en la región de coquimbo

Modifica límite intercomunal entre vicuña y paihuano, en la región de coquimbo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1058812 / 9402049.

Texto oficial

Artículo octavo.- Para efectos de actualizar el Registro Electoral, el Servicio Electoral procederá a realizar las modificaciones que correspondiere de aquellos domicilios electorales cuyas comunas cambian en virtud de las disposiciones de la presente ley.