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Artículo 69 del Decreto 18

Aprueba reglamento de servicios de telecomunicaciones que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1059429 / 9406479.

Texto oficial

Artículo 69º. Los plazos que contempla el presente reglamento se entenderán de días hábiles, salvo que se indique expresamente que se trata de días corridos. Para estos efectos se entenderá que son inhábiles los sábados, domingos y festivos.