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Artículo 1 transitorio del Decreto 18

Aprueba reglamento de servicios de telecomunicaciones que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1059429 / 9406488.

Texto oficial

Artículo 1º. Sin perjuicio de lo establecido en los artículos siguientes, el presente reglamento comenzará a regir transcurridos 120 días corridos, contados desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.