Texto oficial
Artículo 5º. Lo dispuesto en el artículo 57º,
relativo al establecimiento del mecanismo de control de
gasto ahí señalado y a las factibilidades del mismo para
evitar la suspensión o permitir el restablecimiento del
servicio referido, comenzará a regir 90 días corridos
desde la entrada en vigencia de este reglamento.