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Artículo TERCERO de Auto Acordado S/N

Auto acordado que distribuye las materias de que conocen las salas especializadas de la corte suprema durante el funcionamiento ordinario y extraordinario

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1059656 / 9408754.

Texto oficial

Tercero: Vigencia.- El presente Auto Acordado comenzará a regir a contar del 3 de marzo y se aplicará respecto de las causas que se encuentren en tramitación ante la Corte Suprema y no incluidas en tabla, aun cuando a esa fecha hubiere ya recaído pronunciamiento sobre la admisibilidad del recurso de que se trate.