Saltar al contenido

Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 101

Crea la fabrica nacional de aeronaves (fanaero-chile)

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1061630 / 9440872.

Texto oficial

Artículo l° Créase la Fábrica Nacional de Aeronaves (FANAERO-CHILE), organismo con personalidad jurídica y administración autónoma, que tendrá patrimonio propio y que se regirá por las disposiciones del presente D.F.L. y del Reglamento que se dictará posteriormente. Su objeto será la construcción de toda clase de aeronaves, planeadores, repuestos y demás elementos aeronáuticos que directa o indirectamente se relacionen con las necesidades de la defensa nacional y en general con el fomento de las actividades aeronáuticas en el país. Podrá, además, fabricar y comerciar con toda clase de maquinarias, herramientas y artículos industriales.