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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 101

Crea la fabrica nacional de aeronaves (fanaero-chile)

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1061630 / 9440873.

Texto oficial

Artículo 2° La Fábrica Nacional de Aeronaves (FANAERO CHILE) tendrá su domicilio en Santiago y estará a cargo del Oficial Superior o Jefe que la Fuerza Aérea designe como Gerente de ella. Las dependencias e instalaciones de la Fábrica Nacional de Aeronaves estarán ubicadas en la Base Aérea de Instrucción "El Bosque", debiendo las Reparticiones de la Fuerza Aérea dar las facilidades que sean necesarias para su pronto y buen funcionamiento.