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Artículo 32 del Decreto Con Fuerza de Ley 5100

Decreto Con Fuerza de Ley 5100

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1062509 / 9463276.

Texto oficial

Art. 32. El personal docente y administrativo de la Enseñanza Normal jubilará de conformidad con las leyes que sobre jubilación rijan para Educación Primaria.