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Artículo 37 del Decreto 185

Reglamenta funcionamiento de establecimientos emisores de anhidrido sulfuroso, material particulado y arsenico en todo el territorio de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 10631 / 8449848.

Texto oficial

Artículo 37°.- Deróganse el Decreto Supremo N° 196, de 1986, del Ministerio de Salud y toda otra norma reglamentaria contraria al presente decreto, sin perjuicio de lo establecido en el artículo transitorio N° 9.