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Artículo 2 de la Ley S/N · Lei sobre transformacion de la ciudad de curicó

Lei sobre transformacion de la ciudad de curicó

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1063539 / 9481363.

Texto oficial

Art. 2.° Se declaran de utilidad pública las propiedades necesarias para ejecutar las siguientes obras: 1.° Para ensanchar la plazuela de San Francisco, formando una plaza que tenga ciento veinticinco metros de lonjitud, a lo ménos, en cada uno de sus costados; 2.° Para prolongar por el sur, hasta el estero de Guaiquillo, la alameda o paseo de las Delicias; 3.° Para prolongar por el norte, hasta el camino de Llico, las calles de Yungai, Rodríguez, Peña i Membrillar; por el sur, hasta el estero de Guaiquillo, las espresadas calles de Peña i Membrillar, la de Chacabuco i la avenida de O'Higgins; por el oriente, hasta el camino de San Francisco, la calle de Villota i la Avenida de San Martin; i por el poniente, hasta la línea del ferrocarril, dicha avenida i las calles de Buena Vista, Merced, Estado, San Francisco i Villota.