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Artículo 45 de la Ley S/N · Lei de elecciones.

Lei de elecciones.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1063898 / 9501676.

Texto oficial

45. Se prohibe a los electores votar por eclesiásticos: la lei declara nulo todo voto que recaiga sobre esta dase de personas, sin que su nulidad invalide la votacion en que apareciere.