Texto oficial
56. En las elecciones de candidatos para jueces letrados de primera instancia, se tendrá presente el art. 102 de la Constitucion, haciendose con las formalidades requeridas para la de intendentes.
Lei de elecciones.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1063898 / 9501687.