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Artículo 19 de la Ley S/N · Constitución de la república

Constitución de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1063899 / 9501007.

Texto oficial

19. Jurado el código por el Congreso, llamará al Poder Ejecutivo para que preste ante él el siguiente juramento. Juro por Dios y estos Santos evanjelios observar y hacer cumplir como lei fundamental de la República de Chile el código reformado por la Convencion, Si así no lo hiciere, Dios y la Patria me lo demanden.