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Artículo 12 de la Ley S/N · Lei sobre abusos de la libertad de imprenta

Lei sobre abusos de la libertad de imprenta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1063946 / 9500770.

Texto oficial

12. Cuando en el impreso no se designa por su nombre o cargo al injuriado, pero se indica por otras circunstancias, de manera que se venga en conocimiento de quien es, los jurados apreciarán estas circunstancias, i si en vista de ellas creyeren en conciencia que la persona que reclama es realmente injuriada i que ha habido en el autor del impreso intencion de injuriarla, la oirán lo mismo que si hubiese sido designada por su nombre.