Texto oficial
31. No pueden ser jurados los eclesiásticos regulares o seculares, ni los escribanos i procuradores, ni los empleados de nombramiento del Gobierno que gocen sueldo del tesoro público.
Lei sobre abusos de la libertad de imprenta
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1063946 / 9500792.