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Artículo 79 de la Ley S/N · Lei sobre abusos de la libertad de imprenta

Lei sobre abusos de la libertad de imprenta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1063946 / 9500841.

Texto oficial

79. El juez segun los casos podrá limitar el número de personas que concurran a la audiencia, si tuviere fundados motivos para temer desorden, con tal que permita la entrada a lo menos a veinte personas.