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Artículo 78 de la Ley S/N · Lei sobre abusos de la libertad de imprenta

Lei sobre abusos de la libertad de imprenta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1063946 / 9500840.

Texto oficial

78. Todo acusado o acusador o cualquiera otra persona que en la audiencia del juri causare perturbacion o tumulto para impedir el curso de la justicia, será sobre tabla condenado por el juez a una pena que no exceda de un año de prision, sin perjuicio de la que le correspondiere por el ultraje i falta de respeto a los que administran justicia.