Texto oficial
Artículo 154.- Los Tanques de Almacenamiento puestos fuera de servicio deberán ser resguardados de intervención por parte de terceros hasta su retiro.
Aprueba reglamento de seguridad para las instalaciones de almacenamiento, transporte y distribución de gas licuado de petróleo y operaciones asociadas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1064285 / 9488057.