Texto oficial
Artículo 155.- La Superintendencia será el organismo encargado de fiscalizar y supervigilar el cumplimiento de las normas contenidas en el presente reglamento.
Aprueba reglamento de seguridad para las instalaciones de almacenamiento, transporte y distribución de gas licuado de petróleo y operaciones asociadas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1064285 / 9488059.