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Artículo 1 del Decreto Ley 601

Decreto Ley 601

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1064325 / 9490584.

Texto oficial

Artículo 1.o La constitucion de la propiedad austral dentro de los límites que se señalan mas adelante, se rejirá por las disposiciones de la presenta lei.