Texto oficial
Art. 2.o Esta lei no comprende a los indígenas, a quienes se continuará radicando conforme a las leyes vijentes sobre la materia, ni a los propietarios de predios urbanos dentro de los actuales límites de las ciudades y villas.
Decreto Ley 601
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1064325 / 9490585.