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Artículo 42 del Decreto Ley 601

Decreto Ley 601

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1064325 / 9490631.

Texto oficial

Art. 42. Anualmente se consultarán en la Lei de Presupuestos, los fondos necesarios para la contratacion de injenieros, personal auxiliar y demas gastos que demande el cumplimiento de esta lei.