Texto oficial
Art. 11. Derógase, por lo que se refiere a las patentes de abogado, el artículo 31 del decreto con fuerza de ley N° 148, de 6 de mayo de 1931.
Modifica la ley orgánica del colegio de abogados
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1064788 / 9493975.