Texto oficial
17. Solo será permitido emitir por ahora a la circulacion hasta la cantidad de treinta mil pesos en moneda de cobre, la mitad en centavos y la otra mitad en medios centavos.
Monedas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1065794 / 9508299.