Texto oficial
Tercero: La Unidad Administradora de los Tributarios y Aduaneros, en cumplimiento de su función establecida en el artículo 19 Nº 7 de la ley Nº 20.322, será la encargada de proveer de los elementos necesarios para que se lleve a efecto la distribución automatizada por la oficina respectiva y supervisar su correcto funcionamiento.