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Artículo SEGUNDO transitorio de la Ley 20.776 · Modifica y perfecciona la ley que rige al ministerio de energía

Modifica y perfecciona la ley que rige al ministerio de energía

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1066889 / 9507079.

Texto oficial

Artículo segundo.- Increméntese, para el año 2014, en 11 cupos la autorización máxima para el cumplimiento del artículo septuagésimo tercero de la ley Nº 19.882, en la Subsecretaría de Energía.