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Artículo QUINTO de Auto Acordado 84

Autoacordado nº 84

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1068541 / 9518849.

Texto oficial

Artículo quinto: Vigencia El presente Auto Acordado comenzará a regir a las 00:00 del día que entre en vigencia la ley Nº 20.720.