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Artículo OCTAVO transitorio de la Ley 20.785

Aumenta dotación de personal de policía de investigaciones de chile; modifica estatuto de su personal y modifica el decreto ley nº 2.460, de 1979, ley orgánica de la policía de investigaciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1068591 / 9519450.

Texto oficial

Artículo octavo.- El mayor gasto que irrogue la aplicación de esta ley se financiará con cargo a los recursos que se asignen anualmente en el presupuesto de la Policía de Investigaciones de Chile.".