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Artículo 1 del Decreto Ley 801

Decreto-lei n.o 801, organizacion de la enseñanza musical

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1068827 / 9524587.

Texto oficial

Artículo l.o La enseñanza de la música se hará en forma de enseñanza jeneral y de enseñanza vocacional. La primera se dará en las escuelas normales, primarias, liceos y demas establecimientos de instruccion jeneral o especial del Estado y de las Municipalidades; y segunda en establecimientos y secciones especialmente destinadas al objeto.