Texto oficial
Artículo 31.- Las ofertas económicas que entreguen los Proponentes deberán especificar, conforme a lo dispuesto en las Bases, los compromisos de inyección anual de energía renovable no convencional que les podrá ser adjudicado, indicando asimismo los compromisos de inyección mensual de energía renovable no convencional necesarios para dar cumplimiento al mencionado compromiso de inyección anual. Para estos efectos deberán especificar la barra de conexión al sistema eléctrico donde se suscriben dichos compromisos.
Las ofertas de compromisos de inyección de energía renovable no convencional, en distintos puntos del sistema eléctrico, deberá efectuarse a través de ofertas separadas e independientes.