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Artículo 11 de la Ley 20.797 · Crea un registro voluntario de contratos agrícolas

Crea un registro voluntario de contratos agrícolas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1072788 / 9542929.

Texto oficial

Artículo 11.- Una vez suscrito el formulario de inscripción por todos quienes hubiesen comparecido al acto, en conformidad con esta ley y su reglamento, se incorporará automáticamente y sin más trámite en el registro. Asimismo, toda modificación o cancelación del extracto ya inscrito será incorporada de inmediato y sin más trámite al registro. La fecha de registro del contrato será aquella en que el formulario sea suscrito por la última de las partes que concurran a él.