Saltar al contenido

Artículo 2 de la Ley 20.803 · Asignaciones y modificaciones a la planta del servicio agrícola y ganadero

Asignaciones y modificaciones a la planta del servicio agrícola y ganadero

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1073295 / 9547118.

Texto oficial

Artículo 2º.- La asignación de estímulo fito y zoosanitaria contendrá los siguientes componentes: a) Un componente fijo, y b) Un componente proporcional, que se regirá por las disposiciones del artículo 4º. La asignación se pagará mensualmente, tendrá el carácter de imponible y tributable y no servirá de base de cálculo de ninguna otra remuneración. El personal que preste servicios por un período de tiempo inferior a un mes tendrá derecho a que se le pague la asignación en proporción a los días completos efectivamente trabajados.