Texto oficial
Artículo 2º.- La asignación de estímulo fito y zoosanitaria contendrá los siguientes componentes:
a) Un componente fijo, y
b) Un componente proporcional, que se regirá por las disposiciones del artículo 4º.
La asignación se pagará mensualmente, tendrá el carácter de imponible y tributable y no servirá de base de cálculo de ninguna otra remuneración.
El personal que preste servicios por un período de tiempo inferior a un mes tendrá derecho a que se le pague la asignación en proporción a los días completos efectivamente trabajados.