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Artículo SEGUNDO de la Ley 20.803 · Asignaciones y modificaciones a la planta del servicio agrícola y ganadero

Asignaciones y modificaciones a la planta del servicio agrícola y ganadero

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1073295 / 9547129.

Texto oficial

Artículo segundo.- Establécese por una sola vez un bono de $200.000.- para el personal de planta y a contrata del Servicio Agrícola y Ganadero en funciones a la fecha de publicación de esta ley. El bono a que se refiere este artículo se pagará en el mes siguiente al de la publicación de esta ley, no servirá de base de cálculo de ninguna otra remuneración y no tendrá el carácter de imponible ni tributable.