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Artículo 44 de la Ley 20.830 · Crea el acuerdo de unión civil

Crea el acuerdo de unión civil

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1075210 / 9590411.

Texto oficial

Artículo 44.- Modifícase la ley N° 19.947, que establece nueva Ley de Matrimonio Civil, de la siguiente forma: i) Intercálase, en el artículo 5°, el siguiente numeral 2°, nuevo, pasando los actuales numerales 2°, 3°, 4° y 5° a ser 3°, 4°, 5° y 6°, respectivamente: "2° Los que se hallaren ligados por un acuerdo de unión civil vigente, a menos que el matrimonio lo celebre con su conviviente civil;". ii) Sustitúyese, en la letra a) del artículo 46, el guarismo "2°" por "3°". iii) Reemplázase, en la letra a) del artículo 48, el guarismo "2°" por "3°".".