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Artículo 13 del Decreto 95

Aprueba nuevo reglamento de la ley nº 18.450 de fomento a la inversión privada en obras de riego y drenaje, modificada por la ley nº 20.705

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1076527 / 9590995.

Texto oficial

Artículo 13º.- Proyectos Anexos. Los proyectos anexos a los de riego o drenaje propiamente tales, deberán contener la siguiente información: a) Indicación del objetivo del proyecto anexo. b) Definición de las obras y equipos necesarios para el cumplimiento de su objetivo, incluyendo planos y memorias de cálculo que justifiquen las dimensiones adoptadas. c) Plano de ubicación de las obras anexas, el que deberá relacionarse con el plano indicado en la letra d) puntos 9.1 y 9.2 letra a) del artículo 9 de este Reglamento, y d) Presupuesto detallado que permita determinar el porcentaje del proyecto anexo dentro del costo total del proyecto, expresado en unidades de fomento.