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Artículo 8 de la Ley 20.835

Crea la subsecretaría de educación parvularia, la intendencia de educación parvularia y modifica diversos cuerpos legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1077041 / 9593588.

Texto oficial

Artículo 8º.- Introdúcense, en la ley Nº 17.301, que crea la corporación denominada Junta Nacional de Jardines Infantiles, las siguientes enmiendas: 1) En el artículo 1º: a) Sustitúyese el inciso primero, por el siguiente: "Artículo 1º.- Créase una corporación autónoma, con personalidad jurídica de derecho público, funcionalmente descentralizada, domiciliada en Santiago, denominada "Junta Nacional de Jardines Infantiles" que tendrá a su cargo crear y planificar, coordinar, promover y estimular la organización y funcionamiento de sus jardines infantiles y de aquellos a que se refiere el artículo 32 bis de esta ley.". b) Elimínase el inciso segundo. 2) Reemplázase, en su artículo 15, la expresión inicial "El Ministerio de Educación Pública" por "La Subsecretaría de Educación Parvularia". 3) Elimínase el inciso final del artículo 33.