Texto oficial
Artículo 3.o La presente ley empezará a regir desde la fecha de su publicación en el "Diario Oficial";
Autoriza al presidente de la república para transferir gratuitamente a la asociacion de automovilistas de antofagasta el dominio de los terrenos fiscales que menciona
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1078146 / 9605934.