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Artículo 2 de la Ley 5.487

Restablece antiguas comunas de placilla y de la estrella en los departamentos de san femando y santa cruz, respectivamente

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1079869 / 9624461.

Texto oficial

Art. 2.o Las Tesorerías Comunales de San Fernando y Marchigue atenderán por el resto del año 1934 el movimiento de fondos de las comunas creadas por esta ley, debiendo llevar cuenta separada de los ingresos correspondientes.