Texto oficial
Artículo tercero.- Dentro de los noventa días siguientes a la publicación de esta ley, hasta 28 profesionales contratados a honorarios por el Ministerio Público para desempeñar las funciones asociadas al traspaso de procesos desde la Justicia Militar de acuerdo con la ley Nº20.477, podrán ser contratados e incorporados a la planta de profesionales del Ministerio Público, sin previo concurso público.