Texto oficial
Art. 5°. Las cantidades que se obtengan por el remate se invertirán, escluivamente, en la pavimentacion de calles i aceras, construccion de desagües i demas servicios que requiera la ciudad.
Declara de utilidad pública los terrenos necesarios para la construccion de un ferrocarril de mejillones a un punto de la línea de antofagasta a bolivia
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1082018 / 9637803.