Texto oficial
Artículo 3.o Los protestos de las letras y demás documentos a la orden, que vencieron el 25 del presente mes, deberán hacerse el 31 de este mismo mes.
La presente ley comenzará a regir desde esta fecha.
Declara feriados para las instituciones bancarias y la caja nacional de ahorros, los días 27, 28, 29 y 30 de julio
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1082218 / 9639657.