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Artículo 4 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija planta de personal de la subsecretaría de educación parvularia, determina fecha de iniciación de actividades y regula otras materias a que se refiere el artículo segundo transitorio de la ley nº 20.835

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1082377 / 9639944.

Texto oficial

Artículo 4º.- El personal a contrata que sea traspasado desde el Ministerio de Educación a la Subsecretaría de Educación Parvularia mantendrá dicha calidad jurídica, su grado y planta de asimilación, y será individualizado en el o los decretos expedidos de conformidad con el numeral 4 del artículo segundo transitorio de la Ley Nº 20.835. Para este efecto, no serán exigibles los requisitos que se establecen en el artículo 2º de este decreto con fuerza de ley.