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Artículo 6 de la Ley 20.866 · Fija normas sobre planta de personal del ministerio de educación

Fija normas sobre planta de personal del ministerio de educación

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1082920 / 9642598.

Texto oficial

Artículo 6º.- El Ministerio de Educación deberá presentar un informe semestral sobre la ejecución presupuestaria del Programa 20, sobre subvenciones a establecimientos educacionales, del Capítulo 01 de la Partida 09, a las Comisiones de Educación y de Hacienda de la Cámara de Diputados, y a las Comisiones de Educación y Cultura y de Hacienda del Senado en los meses de marzo y agosto de cada año. Mediante resolución del Ministerio de Educación, que deberá ser visada por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, se establecerán los contenidos de dicho informe.