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Artículo 28 del Decreto 32

Aprueba reglamento para la evaluación ambiental estratégica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1083574 / 9647211.

Texto oficial

Artículo 28.- Publicidad de la Política, Plan o Instrumento de Ordenamiento Territorial. Las políticas, planes o instrumentos de ordenamiento territorial aprobados según lo dispuesto en el artículo precedente serán comunicados por el órgano Responsable, de conformidad a lo establecido en su respectiva normativa sectorial.